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PROHIBICIÓN ABSOLUTA MATRIMONIO DE MENORES

  • Foto del escritor: Luz Payán Abogada Digital
    Luz Payán Abogada Digital
  • 2 jul 2020
  • 1 min de lectura

Actualizado: 30 ago 2020

A esta fecha la gran mayoría de los Estados con excepción de Baja California a través de sus Códigos Civiles prohíben de manera expresa la celebración del matrimonio de menores de edad. Sin dispensa. Sin excepción.



Requisito legal para casarse haber cumplido 18 años. La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en su artículo 45, establece; "Las leyes federales y de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecerán como edad mínima para contraer matrimonio los 18 años". La entrada en vigor de esta reforma ayuda a impulsar un cambio cultural para erradicar las uniones forzadas con personas menores de 18 años de edad, y con ello se protegerán los derechos que son vulnerados por esta práctica nociva. Erradicar el matrimonio antes de los 18 años de edad es lograr el interés superior de niñas, niños y adolescentes. De manera lastimosa, algunos países por sus ideologías y costumbres, los siguen celebrando, pero cada día son menos.




 
 
 

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